La Autoridad Portuaria de Alicante, en cuanto a materia de régimen de personal y retribuciones, está regulada en en el capítulo VI «Régimen de recursos humanos» del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por de 5 de septiembre.
Tienen consideración de
altos cargos
«…los Presidentes y Directores de las Autoridades Portuarias..»., según la
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Luis Gonzaga Rodríguez González |
• Titulación académica: Licenciado en Derecho por la Universidad de Navarra, y Máster en Administración y Dirección de Empresas por ICADE, Universidad Pontificia de Comillas. • Carrera Profesional: Colaborador en el Departamento Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra, en los años 1991 y 1992. Ejercicio profesional de la abogacía. Realización de prácticas del Máster MBA en el Grupo J. HAYBER. En 1994 trabajó en el Grupo DONVAL, Plásticos Elche. De 1995 a 1997 trabajó en el Grupo ECISA, Iberactivos. A partir de 1997 ha desarrollado su labor profesional en FEMPA, (Federación de Empresarios del Metal de la provincia de Alicante), como abogado en la asesoría jurídica y la negociación colectiva, siendo nombrado más adelante Secretario General de la mencionada Federación, cargo que ejerció desarrollando los distintos servicios y áreas de negocio de la Federación, impulsando multitud de proyectos de innovación y formación hasta su nombramiento como Presidente Ejecutivo de FEMPA, por designación de la Junta Directiva y elección unánime de la Asamblea General, en 2022. Ha formado parte del Comité Económico y Social y del Patronato del Tribunal Laboral de la Comunidad Valenciana. Fue miembro del Consejo Asesor del PORTLAB de Innovación del Puerto de Alicante. Formó parte del Consejo Tripartito de la Comunidad Valenciana para la Negociación Colectiva y las Relaciones Laborales. Formó parte del Consejo Rector del Instituto Tecnológico del Metal, Madera, Muebles y afines, AIDIMME de la Red REDIT. Formó parte de los Comités Ejecutivos de la Cámara de Comercio de Alicante, Confederación Empresarial de la Comunidad Valenciana, CEV y CEV Alicante. Formó parte del Comité Ejecutivo y de la Junta Directiva de la patronal nacional del Sector Metal, CONFEMETAL. Fue miembro de la Junta Directiva de CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) y de la Comisión de Industria y Energía de CEOE. Participó en la Alianza para la FP Dual y fue integrante del Consejo Valenciano para la promoción de la Seguridad Industrial. Es nombrado Presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante, el día 30 de octubre de 2023, BOE nº 259 de la misma fecha. • Retribución: La retribución total del Presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante para 2025 es de 98.706,74€ brutos anuales que está conformado por los siguientes conceptos: Retribución básica anual y retribución variable. Esta retribución total será abonada en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias e incluirán cualquier retribución en especie y las percepciones que pudieran derivarse de la asistencia a cualquier Consejo de Administración de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio de alto cargo en la Administración General del Estado.
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Luis Fernando Sánchez Villena Director |
• Titulación académica: Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad de Alicante; Ingeniero Técnico de Obras Públicas por la Universidad de Alicante; Executive MBA-Especialidad Dirección General por Fundesem Business Schooll; Master en Infraestructuras Portuarias. • Carrera Profesional: Gerente de proyectos/Ingeniero Senior (2006-2022). Acciona Construcción: Experiencia íntegramente desarrollada en el ámbito portuario (2006–2019), en la Ampliación del Puerto de Escombreras (Autoridad Portuaria de Cartagena). Dirección técnica y económica, planificación y control de contratos en entorno portuario. Interlocución directa con concesionarios con la ejecución de infraestructuras estratégicas. Coordinación con organismos públicos y gestores de infraestructuras, incluyendo ADIF, en el desarrollo de soluciones ferroviarias en entorno portuario. Liderazgo de los principalesen importantes proyectos portuarios: o Accesos ferroviarios a la Dársena de Escombreras (Fases I y II). o Ampliación de la Dársena de Escombreras: construcción de muelle y explanada portuaria, en proyecto de expansión clave del puerto. o Planta de Regasificación de Cartagena: construcción de tanque de GNL e interconexión con muelle de carga/descarga Autoridad Portuaria de Valencia. Jefe de Dominio Público y Dirección de las obras de la Ampliación Norte (mayo 2022 – junio 2026) Dirección estratégica del dominio público portuario: concesiones, autorizaciones y ordenación de usos, con impacto directo en actividad, ingresos y seguridad jurídica. Responsable de la coordinación con concesionarios estratégicos (MSC / TIL) Director Facultativo y responsable del Contrato del proyecto de la Ampliación Norte del Puerto de Valencia, liderando coordinación técnica, contractual y operativa en entorno de alta complejidad. Participación en la definición del modelo portuario mediante instrumentos estratégicos. Gestión de expedientes complejos y conflictividad concesional. Coordinación con organismos del Sector Portuario Participación en el Plan de Empresa y en estrategias clave Apoyo directo a Presidencia en decisiones estratégicas. Entre sus competencias destacan: Dirección estratégica y planificación portuaria Gestión del dominio público y concesiones Dirección de grandes proyectos Gestión de crisis y toma de decisiones complejas Coordinación transversal entre áreas internas y actores portuarios, actuando como nexo para la toma de decisiones y la ejecución de proyectos Es nombrado Director de la Autoridad Portuaria de Alicante, por acuerdo del Consejo de Administración, con fecha 1 de junio de 2026. • Retribución: La retribución total del Director de la Autoridad Portuaria de Alicante para 2026 es de 91.541,87 euros brutos anuales que está conformado por los siguientes conceptos: Retribución básica anual y retribución variable. Esta retribución total será abonada en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias e incluirán cualquier retribución en especie y las percepciones que pudieran derivarse de la asistencia a cualquier Consejo de Administración de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio de alto cargo en la Administración General del Estado. |